Estas ayudas permitirán que clubes y secciones deportivas puedan adquirir material y equipamiento deportivo específico
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado hoy la resolución de 28 de agosto de la convocatoria, para el ejercicio 2024, de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables, en la actividad desarrollada por los clubes y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FDD).
Los clubes y secciones deportivas que soliciten estas ayudas, que fueron pioneras el año pasado, deberán estar inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED) a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes, indicado en la convocatoria de subvenciones.
El importe máximo del crédito presupuestario para la convocatoria del ejercicio 2024 asciende a 250.000 euros. Estas ayudas, que tendrán una cuantía máxima de 6.000 € y un mínimo de 500 €, se configuran, por tanto, como un instrumento básico de apoyo a los clubes y secciones deportivas y, por lo tanto, para el fomento y promoción de la práctica deportiva de las personas con discapacidad.
Los equipos/deportistas de la entidad solicitante de estas ayudas, convocadas por la Consejería de Cultura y Deporte, deberán participar en competiciones oficiales federadas para deportistas con discapacidad, en la temporada vigente en la publicación de la convocatoria.
Entre los criterios de valoración para la concesión de las subvenciones destacan el número de licencias de deportistas con discapacidad, la necesidad de un elemento externo para desplazamientos deportivos, igualdad de género en actividades subvencionables, núcleos de menor población en la que la entidad solicitante tiene su domicilio social, haber ejecutado programas del Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía o tener un compromiso ambiental.
En el caso de que el importe global máximo destinado a las subvenciones no fuese suficiente para cubrir todas las subvenciones solicitadas, se procederá al prorrateo del importe global máximo destinado en la convocatoria en función a la proporción que le corresponde a cada entidad según la valoración por puntos obtenida, entre las entidades beneficiarias. Si quedase una cantidad sobrante tras el reparto se realizarán sucesivas redistribuciones de la misma forma descrita hasta la distribución total del crédito.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.